RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES:¿PROCESO URGENTE? DEBIDO PROCESO
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Resumen
Ante la problemática que se sucita en virtud de los conflictos de restitución internacional de niños por sustracción o retención ilícita parental, es sumamente necesario e ineludible adoptar por parte de los Estados, procedimientos judiciales prestos y expeditivos, a los efectos de lograr el cumplimiento cierto de la garantía de restitución que consagran los Convenios Internacionales suscriptos con miras a la protecciòn internacional de los niños, niñas y adolescentes. Sin la debida celeridad, se frusta el objetivo inmediato de los mismos, causándose graves e irreparables perjuicios a los más vulnerables. Precisamente, es a través del debido proceso judicial que se logra la concreción de la garantía constitucional de tutela judicial efectiva en tiempo razonable, respetándose la defensa en juicio y el derecho del niño de ser oído, puntal de los derechos humanos y cimera expresión del respeto a la dignidad humana.
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Cómo citar
BRUNETTI, A. M. (2011). RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES:¿PROCESO URGENTE? DEBIDO PROCESO. Pensamiento Y Poder, 1(8), 7–44. Recuperado a partir de http://fer.uniremington.edu.co/ojs/index.php/PYP/article/view/96
Sección
Artículos