Facultad de Ciencias Contables, Vol. 2, 2023, elocation-id: eamr.v2a04.2023 | ISSN-e: 2805-8658

 

 

Artículo original de investigación

 

La cultura tributaria y la contribución fiscal en Colombia: una discusión teórica

Tax culture and tax contribution in Colombia: a theoretical discussion

Karen Yurley Parra Luna1

https://orcid.org/0009-0000-4987-222X?lang=es

karen23parra@hotmail.com

 

Marisel Valencia Asprilla1

mavas86@gmail.com

 

Daniela Irene Valencia Ríos1

https://orcid.org/0000-0002-0357-0960

divalencia@udemedellin.edu.co

 

Recibido: 30 octubre de 2023 / Aceptado: 15 diciembre de 2023

 

Doi: https://doi.org/10.22209/amr.v2a09.2023

elocation-id: eamr.v2a09.2023

 

Cómo citar: Parra Luna, K. Y., Valencia Asprilla, M., Valencia Ríos, D. I. (2023). La cultura tributaria y la contribución fiscal en Colombia: una discusión teórica. Accounting and Management Research, 2, eamr.v2a09.2023. https://doi.org/10.22209/amr.v2a09.2023

 

Resumen

La cultura tributaria es un valor social; un principio por medio del cual el contribuyente y el propio Estado comprenden y asumen las responsabilidades impositivas establecidas en la ley. Ambos sujetos de la relación jurídica tributaria deben tener plena consciencia de la importancia de su deber frente a los recaudos nacionales que a su vez serán retribuidos por medio del gasto público que, bajo el poder de la Constitución Política, son responsabilidad del Estado. Al girar la mirada en diversas doctrinas que versan sobre la cultura tributaria en Colombia, se da pie a formular las siguientes interrogantes: ¿Qué nociones poseen los contribuyentes sobre la cultura tributaria?, ¿Cuáles son los factores que orientan las acciones que realizan los contribuyentes ante la cultura tributaria en Colombia?, ¿Qué estrategias se podrían implementar para fomentar la cultura tributaria en los ciudadanos?, ¿Cuáles son las consecuencias de la falta de cultura tributaria en Colombia?. Cada una de estas preguntas ha sido clarificadas en el presente trabajo investigativo que tuvo como objetivo analizar la relación existente entre la cultura tributaria y su repercusión en la evasión fiscal en Colombia, cuyas características metodológicas son: un estudio fenomenológico; descriptivo con una fase bibliográfica; se utilizaron instrumentos de recolección de datos como la observación directa y el estudio sistemático de información; así como la triangulación y el análisis del discurso como técnicas de análisis.

 

Palabras clave: Cultura tributaria, deber tributario, relación tributaria, evasión fiscal.

 

Abstract

Tax culture is a social value; a principle by means of which the taxpayer and the State itself understand and assume the tax responsibilities established by law. Both subjects of the legal tax relationship must be fully aware of the importance of their duty with respect to the national revenues that in turn will be repaid through public spending which, under the power of the Political Constitution, are the responsibility of the State. By looking at various doctrines that deal with tax culture in Colombia, the following questions arise: What are the taxpayers' notions about tax culture? What are the factors that guide the actions taken by taxpayers regarding tax culture in Colombia? What strategies could be implemented to promote tax culture among citizens? What are the consequences of the lack of tax culture in Colombia? Each of these questions has been clarified in the present research work whose objective was to analyze the existing relationship between tax culture and its impact on tax evasion in Colombia, whose methodological characteristics are: a phenomenological study; descriptive with a bibliographic phase; data collection instruments such as direct observation and systematic study of information were used; as well as triangulation and discourse analysis as analysis techniques.

 

Keywords: Tax culture, tax duty, tax relationship, tax evasion.

 

 

Introducción

 

Los impuestos de los ciudadanos son uno de los grandes soportes económicos de un país, donde las personas naturales o jurídicas son las responsables de entregar al Estado una porción de sus gananciales en cumplimiento de la obligación de contribuir a las finanzas de la nación. Es por esta razón, que los sujetos obligados tienen el deber de conocer profundamente el alcance de sus obligaciones; la importancia de estos ingresos sobre el Producto Interno Bruto (PIB) y los fines que estos recursos tienen sobre los servicios básicos como la salud, educación, seguridad e inversiones sociales.

 

Ahora bien, un aspecto fundamental en el tema relacionado a la gestión tributaria, lo representa la cultura impositiva que se ha tejido en cada país, para el caso en Colombia, entendiéndola como una herramienta que permite la eficacia del sistema de tributario nacional. La cultura tributaria es la piedra angular
de los tributos nacionales y los funcionarios que llevan a cabo esta responsabilidad, tienen la obligación de velar por su avance, progreso y correcta aplicación (Bonilla, 2014).

 

Debido a múltiples factores, hoy día es una realidad que la cultura tributaria colombiana no ha alcanzado aún el equilibrio necesario para el avance de la sociedad. Como resultado, en la cultura popular del país, la palabra “impuesto” se relaciona con un pago de productividad escasa o inexistente. Otro punto significativo para destacar es la evidente falta de preparación tributaria adecuada, o peor aún, la falta de toda planificación tributaria, por parte de la mayoría de las empresas y personas (Mora et al, 2015). Incluso, algunos autores han referido que la confianza de los contribuyentes en el manejo de los recursos públicos frente al gobierno es baja en un país como Colombia que tiene un alto índice de corrupción y recibe una baja calificación de los organismos internacionales en cuanto a la preservación de los mencionados recursos. Lo antes señalado debilita la capacidad del país para recaudar impuestos, alcanzar sus objetivos fiscales y cerrar la brecha fiscal, además de incidir directamente en el avance de su objeto social (Cabrera, 2015).

 

Aunado a lo antes señalado, en Colombia el grado de evasión fiscal es notablemente alto. Esto está relacionado con una economía informal que, desde una perspectiva colectiva, no contribuye a la recaudación de las obligaciones fiscales de las que se beneficia; sumado a ello, al incumplimiento por aquellas personas jurídicas que, aunque formalmente constituidas, sus aportes fiscales no se corresponden a su realidad económica. Para la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) las estimaciones muestran que la evasión del impuesto de renta podría superar los 42 billones de pesos en 2021, cifra que es mayor en 3 billones de pesos a la de 2020, año que tiene una connotación especial por la situación de pandemia, pero que es levemente menor que la registrada en 2019. Si se mira como proporción del PIB, el monto dejado de pagar alcanza 3,6%, dato que ha venido decreciendo en los últimos 5 años.

 

Ahora bien, según datos publicado por La República (2022), el comportamiento de la evasión fiscal en Colombia responde a factores estructurales dentro de los cuales se encuentra la baja cultura tributaria por parte de los contribuyentes, así como de una creciente inconformidad que responde a la percepción social de los contribuyentes que no existe una contraprestación entre el pago de sus tributos y la inversión social del Estado en servicios públicos, infraestructura, fortalecimientos del aparato productivo y la generación de incentivos fiscales tendientes a fortalecer a las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas del país.

 

De aquí parte la importancia del tema, fundamentado en que el dinero no recaudado por concepto de tributos puede ser destinado a coadyuvar inversiones nacionales, por lo que es obligación de cada colombiano rendir sus impuestos al Estado, y esta misión solo podría lograrse trabajando en la aceptación de la cultura tributaria. Actualmente, en Colombia uno de los problemas más graves al momento de cobrar los impuestos es la insuficiente cultura tributaria, debido a que no todos los sujetos obligados a declarar cumplen con esta responsabilidad, y muchas otras veces declaran de forma parcial.

 

Colombia se encuentra en el top de los 25 países con mayor evasión fiscal, de forma anual se estima la pérdida de 50 billones de pesos. (Universidad Nacional de Colombia, 2017). La mayoría de los contribuyentes suministran información errada, incompleta o falsa, al momento de calcular sus declaraciones. Muchos dicen que los mejores asesores en materia tributaria son los que logran evitar el pago de una alta cifra. Esto también ha afectado el ámbito empresarial, ya que los profesionales encargados de estos cálculos cuantifican cantidades más convenientes, comprometiendo su ética en el proceso.

 

 

Materiales y métodos

 

Metodológicamente este trabajo se enmarca dentro de los estudios fenomenológicos por cuanto se plantea que la intervención de los objetivos de investigación se realizó a través de instrumentos de recolección de datos y técnicas de análisis propios de este tipo de estudio. Al respecto Urbina (2020) refiere que la principal interrogante epistemológica que se plantea este tipo de investigación se orienta a cuestionar el conocimiento objetivo de la “realidad” que se estudia, en tanto los relatos y el comportamiento se expresan sobre la base de lo que cada sujeto conoce a partir de su experiencia subjetiva del y con el mundo.

 

Ahora bien, en cuanto al nivel investigativo, este trabajo se configura como un estudio descriptivo con una fase bibliográfica. La investigación es descriptiva, por cuanto consistió en la realización de análisis sobre la relación existente entre la cultura tributaria y su incidencia en la contribución fiscal en Colombia. En cuanto a las investigaciones descriptivas, tenemos que según Morales (2012) éstas consisten fundamentalmente en caracterizar un fenómeno o situación concreta indicando sus rasgos más peculiares o diferenciadores. Del mismo modo, se entiende que este estudio tiene una fase bibliográfica debido a que, para responder a cada uno de los objetivos planteados, se acudió al análisis documental de leyes, doctrinas y jurisprudencias relacionadas al objeto de estudio. Al respecto, Arandes (2013) infiere sobre el proceso bibliográfico como el paso previo a conectar con las bases de datos adecuadas, para convertir estos datos en información útil para el proyecto de investigación, estableciendo la necesidad de aplicar técnicas de investigación descriptivas que permitan sistematizar estos datos provenientes de las distintas fuentes secundarias en información fácilmente manejable y comprensible.

 

Asimismo, para llevar a cabo esta investigación, se utilizaron instrumentos de recolección de datos como la observación directa y el estudio sistemático de información. Adicionalmente, se emplearon técnicas de análisis de información, como la triangulación y el análisis documental. La triangulación permitió obtener una comprensión más profunda y sólida del tema. Finalmente, para determinar la relación existente entre la cultura tributaria y la contribución fiscal, se emplea la técnica análisis del discurso.

 

 

Análisis y discusión de los resultados

 

A continuación, se muestran los resultados sobre la caracterización de los rasgos distintivos de la cultura tributaria en las actuaciones de los actores claves del Sistema Tributario Colombiano.

 

 

Tabla 1. Caracterización de los rasgos distintivos de la cultura tributaria en las actuaciones de los actores claves del Sistema Tributario Colombiano

 

Características

Explicación

Educación tributaria por parte del Estado

La educación tributaria deviene sobre las políticas por parte de la administración tributaria, tendiente a fortalecer a los contribuyentes sobre sus deberes y derechos de coadyuvar con la financiación de los gastos públicos mediante su capacidad contributiva. Éstas deben ser parte de las políticas fiscales del Estado y de los planes de acciones de la Administración Tributaria en los múltiples niveles estatales. La educación tributaria debe ser pertinente y orientarse a acciones que respondan a las necesidades de los sujetos obligados y en torno a la comprensión de la norma y las consecuencias de su incumplimiento.

Campañas de sensibilización tributaria

Tienen por objetivo sensibilizar por parte del Estado a los contribuyentes, para que de manera voluntaria y mediante el diseño de políticas públicas efectivas, los ciudadanos fortalezcan la relación de coadyuvar con el desarrollo social mediante el pago de las contribuciones. Las campañas de sensibilización forman parte del plan de educación tributaria y ellas debe ser continuas, sectoriales según espacio demográfico y el tipo de tributos. Las campañas de sensibilización deben ser mecanismos que promueven las creencias y valores tributarios en los actores claves del sistema.

Sistema de información y comunicación óptimo en la Administración Tributaria

Estas plantean las diversas estrategias por parte de la administración tributaria para fortalecer el principio de eficiencia mediante la aplicación de medios, métodos o estrategias de información y comunicación multimedia, sitios web, foros, talles, podcast, entre otros.

Rendición de cuenta por parte de la Administración Tributaria

Es el balance general por parte de la administración tributaria, con el ánimo de informar o difundir a los contribuyentes la recaudación tributaria y el uso de los recursos.

Cumplimiento voluntario de las obligaciones impositivas por parte del sujeto pasivo

Es el deber voluntario por parte de los contribuyentes a las obligaciones y principios tributarios como sujeto pasivo de la relación impositiva con la administración tributaria. Este cumplimiento no debe darse de manera coercitiva por parte del contribuyente; es decir, debe responder a la conciencia del sujeto pasivo de cumplir con sus obligaciones como parte de sus responsabilidades económicas que dan origen a tales obligaciones.

Participación del sujeto pasivo en actuaciones con el Estado en vía administrativa y jurisdiccional

Es la relación contractual existente entre los contribuyentes y la administración tributaria, mediante el desarrollo de actividades económicas o mercantiles, como fuente de causalidad tributaria producto de la obtención de ingresos y la generación de renta. Del mismo modo, son las acciones que realiza el obligado tributario en los espacios administrativos (frente a la Administración Tributaria) y en vía jurisdiccional (Tribunales), para resolver o dirimir situaciones que lo involucra con el Estado.

Incremento de la formalización tributaria empresarial

Corresponde al ejercicio pleno y legal que tienen la administración tributaria de ejercer actividades de fiscalización, investigación y verificaciones frente a la existencia de un conjunto de obligaciones tributarias.

Estado de Derecho Tributario

El Estado de Derecho Tributario, es la seguridad jurídica que brinda la administración tributaria, mediante leyes, decretos y resoluciones, con el ánimo de establecer reglas claras con respecto a la generación de riqueza por parte de empresarios o comerciantes, para que estos coadyuven mediante la generación de empresas con tributos que permitan desarrollar las políticas públicas del Estado.

Disminución de la evasión fiscal

La disminución de la evasión fiscal va en corresponsabilidad de la confianza que la administración tributaria vaya fortaleciendo en aras de generar sentido de pertinencia y conciencia social para evitar dicho flagelo, el cual va asociado a una marcada cultura social sobre el mal uso de los impuestos de los contribuyentes. Esta disminución de la evasión fiscal se traduce en un cumplimiento ético por parte del contribuyente de las obligaciones impositivas que hacen nacer las actividades económicas realizadas.

 

Fuente: Elaboración propia

 

 

Podrá observarse en la tabla anterior, que, de acuerdo con los resultados obtenidos, la cultura tributaria enmarca las acciones por parte del contribuyente, así como también las generadas por el Estado en calidad ente rector del sistema tributario. En ese sentido, según la información observada en la bibliografía consultada, para que se establezca una cultura tributaria deben concurrir acciones por parte del sujeto activo del tributo y del sujeto obligado a pagar.

 

 

Tabla 2. Causas de la evasión según la doctrina y la jurisprudencia colombiana.

 

Unidad
de análisis

Causas

La evasión fiscal según la doctrina

Con la promulgación de la Constitución Política de 1991, y de acuerdo con los expertos en la materia tributaria, Colombia ha tenido un total de 21 reformas tributarias desde la década de los años 90, lo cual no ha permitido consolidar una política de formación tributaria a nivel nacional y mucho menos estrechar el vínculo entre sujeto activo y pasivos de la relación tributaria, generando una serie de problemáticas estructurales que han generado el fortalecimiento de valores negativos en la percepción social sobre la administración tributaria como:

  • Creencias por parte del sujeto obligado sobre el uso y la destinación de los recursos tributarios.
  • Incremento de la economía informal.
  • Falta de educación tributaria en los sujetos obligados.
  • Nivel bajo de consciencia en los sujetos obligados sobre las implicaciones de no cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Nivel bajo del fomento de la educación, sensibilización y atención al contribuyente por parte de la administración tributaria.
  • Efecto confiscatorio del sistema tributario, por cuanto un alto porcentaje de la estructura de gastos financieros de las empresas lo constituyen los aportes impositivos, generando consigo, bajo estímulo en la formalización empresarial y maniobras al margen de la ley en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Complejidad del sistema tributario. Gran cantidad de tributos y procedimientos a cumplir.
  • Altos costos de profesionales con competencias para coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias.

La evasión fiscal según la jurisprudencia

En cuanto al análisis realizado a las decisiones sobre el conocimiento por parte de los operadores jurídicos, resulta pertinente hacer una observación sobre la órbita del conocimiento en materia de evasión fiscal por los juzgados. En primer lugar, podemos observar que la acción jurisdiccional sobre el conocimiento y posible sanción por parte de los operadores jurídicos provienen por impulso o acción de la administración tributaria contra los contribuyentes inculpados sobre la practica o ejecución de la evasión fiscal en detrimento de las arcas del Estado.

En razón a lo anterior, los operadores jurídicos son implacables en la aplicación taxativa de la norma en materia de evasión fiscal, esto con el ánimo de desincentivar esta práctica en los contribuyentes y de esa forma coadyuvar en la cooperación y fortalecimiento del principio de colaboración armónica entre las ramas del Estado colombiano, so pena de las sanciones económicas e intramural hacia los contribuyentes. En segundo lugar, se pudo observar las diferentes acciones atenuantes sobre la practica o ejecución por parte de los contribuyentes en aras de justificar las razones de hechos que los motiva a la práctica del ilícito tributario, donde el operador jurídico tiene la obligación de atender durante el proceso de cara a cumplir la ley y a garantizar la resolución del conflicto tributario. En todo, es una realidad que a instancia jurisdiccional, se cuestiona altamente la cultura tributaria bajo responsabilidad del sujeto obligado, por cuanto mayormente, la acción judicial se deriva de algún ilícito impositivo, sin embargo, es necesario destacar, que como parte de la propia cultura tributaria, se encuentra el hecho de que los ciudadanos pueden acudir a los órganos respectivos, ante la presunción de habérsele vulnerado algún derecho tutelado en la ley.

 

 

Fuente: elaboración propia del análisis doctrinal y jurisprudencial.

 

 

Del mismo modo, conforme fue explicado en el apartado metodológico, para poder determinar la relación existente entre la cultura tributaria y la evasión fiscal en Colombia, se empleó la técnica de análisis del discurso. A continuación, los resultados.

 

 

 

Tabla 3. Valoración cualitativa de la relación existente entre la cultura tributaria y la evasión fiscal en Colombia

 

Unidades de análisis

Impacto

  • Influencia del ejercicio del comportamiento ético del contribuyente.
  • Influencia del comportamiento ético del contador público y del revisor fiscal.
  • Inexistencia de políticas, normas y procedimientos en materia tributaria
  • Bajo nivel de cumplimiento de políticas, normas y procedimientos en materia tributaria.
  • Bajo nivel de actividades de supervisión y seguimiento en los procesos contables y tributarios.
  • Prácticas fraudulentas contables y tributarias. Ejemplos: Doble contabilidad, no facturación del 100% de los ingresos, incumplimiento de obligaciones formales tributarias, otros.
  • Transacciones comerciales con proveedores ficticios e insolventes.
  • Alto nivel del uso del efectivo en transacciones relacionadas a costos y gastos.
  • Incurrir en delitos económicos y fraudes financieros.

Alto

  • Aplicaciones de sanciones por parte de la administración tributaria.
  • Bajo nivel de comprensión de la normativa tributaria de profesionales contables.
  • Bajo nivel de actividades de educación y sensibilización por parte del Estado.
  • Altas tasas de impuestos.

Mediano

  • Bajo nivel de fiscalización por parte de la administración tributaria.
  • Bajo nivel de dinamización empresarial del código de conducta.
  • Rendición de cuenta por parte de la administración tributaria.

Bajo

 

Fuente: Información resultante del análisis del discurso como técnica metodológica.

 

 

Como complemento a lo señalado en las tablas 2 y 3, se hace preciso aportar lo planteado por el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias – CIAT (2019), el cual refiere que existe una estrecha relación entre la cultura tributaria, las responsabilidades de los sujetos de la obligación tributaria frente al establecimiento de la cultura, así como la relación de ésta con la evasión fiscal; siendo ésta última determinada por diferentes causas entre las cuales priman:

 

En el orden de las ideas señaladas, de la aplicación de la técnica de triangulación y las tres fuentes consultadas, se tienen los siguientes resultados:

 

Enfoque normativo

 

La cultura tributaria es un compromiso entre el sujeto activo y pasivo del tributo, por lo tanto, los ciudadanos, así como para el Estado, resulta imperativo las normas, reglamentos y todo lo relacionado con el cumplimiento de las bases fundamentales entre dicha relación, pero aunado al poder coercitivo para su cumplimiento, la administración tributaria también debe construir el desarrollo la cultura tributaria mediante la generación de confianza mediante el diseño de políticas públicas consecuentes a fortalecer la base legal enmarcada en la Constitución Política de Colombia (1991).

 

Solo el congreso, las asambleas departamentales, los concejos distritales y los concejos municipales tienen la facultad de solicitar contribuciones financieras o para financieras en tiempos de paz. Los sujetos activos y pasivos, los hechos y bases gravables y las tarifas de los impuestos deben estar expresamente señalados en las leyes, ordenanzas y acuerdos. (artículo 338).

 

En cuanto a la cobertura de por parte del Estado a los servicios esenciales para el desarrollo social de los ciudadanos, la Constitución Política de Colombia (1991) preceptúa lo siguiente:

 

La elevación del nivel de vida y la promoción del bienestar de la población hacen parte de los objetivos sociales del Estado. Uno de los principales objetivos de su labor debe ser la atención de las necesidades insatisfechas en materia de agua potable, saneamiento ambiental, salud y educación. El gasto público social tendrá prelación sobre cualquier otra asignación en los planes y presupuestos del país y de las entidades territoriales para el logro de estos objetivos. (artículo 366)

 

A su vez, de acuerdo con la Ley 223 (1995), resolución del Congreso de la República, Capítulo V, Artículo 157, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) debe desarrollar una labor pedagógica dirigida a las escuelas y colegios con el fin de inculcar una cultura tributaria en toda la nación e informar a la población sobre su obligación constitucional de pagar impuestos.

 

Por su parte la Constitución Nacional establece que:

 

La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla según lo establecido en el inciso 9, los ciudadanos deben “Contribuir a la financiación de los gastos e inversiones del Estado de acuerdo con ideas de justicia y equidad. (artículo 95).

 

Como se podrá observar, desde la década de los años 90, y a raíz de la promulgación de la carta magna vigente, el país empezó una serie de reformas tendientes a la adecuación del andamiaje jurídico en consonancia a los postulados y principios tributarias que regían la nueva relación entre sujeto activo y pasivo del tributo. En este sentido la Ley 1607 (2012) introduce un conjunto de reformas al estatuto tributario desarrollando principios como la declaración voluntaria del impuesto sobre la renta; conceptualizó la residencia para los efectos tributario para aquellos residentes en el país, delimitando las causales o supuestos de hechos, en aras de brindar reglas claras por parte de contribuyentes extranjeros en territorio colombiano, así como introduce la deducibilidad de las contribuciones que efectúen las entidades patrocinadoras o empleadoras con el ánimo de fortalecer el crecimiento empresarial generadores de riqueza en Colombia, llevando el enfoque en crear más oportunidades de empleo y reducir la desigualdad.

 

Para el año 2014 podemos observar como el Estado mediante vía decreto; establecido dentro de sus facultades legales, continuó realizando adecuaciones al marco jurídico tributario mediante el Decreto 2548 (2014) que tenía como objetivo fundamental continuar adecuado el marco jurídico, entre esas adecuaciones tenemos la expedición reglamentarias en artículos como el 4 de la Ley 1314 de 2009, 165 de la Ley 1607 de 2012 y 773 y 774 del estatuto tributario, el Estado pretende mantener un sistema tributario que demuestre los objetivos de equidad, eficiencia y progresividad señalados en la constitución política de Colombia y apoye la internalización de las relaciones económicas.

 

Por su parte la ley 43 (1990), estableció como mecanismo para coadyuvar a fortalecer las bases normativas en materia de cultura tributaria los principios que debían regir para los profesionales de la contaduría pública, quienes mediante las competencias formales propias del ejerció les corresponde la observancia sobre la integridad, objetividad, competencia profesional y debido cuidado, confidencialidad, comportamiento profesional y estándares técnicos. Esto debido al desarrollo legal y conceptual sobre el manejo de la ética en los profesionales de la contaduría pública, es decir, están llamados a ser muy cuidadosos con su comportamiento, esto debido a la responsabilidad delegada por el legislador en el mismo nivel que se les confiere a los notarios sobre la responsabilidad de dar fe pública, lo cual se define como la delegación que otorga el Estado para dar testimonios por escrito de determinados actos.

 

En síntesis, con la promulgación de la Constitución Política (1991), Colombia tuvo un enfoque normativo hacia la apertura económica y adecuación legal, que hiciera del país, un sistema competitivo y atractivo para la inversión interna y externa de capitales económicos, permitiendo establecer reglas que incentivaran al capital privado a generar empresas, mediante el aprovechamiento de mejores condiciones fiscales en la generación de riqueza.

 

Enfoque doctrinal

 

En cuanto al enfoque doctrinal, podemos observar diversas posturas sobre la cultura tributaria por parte de los contribuyentes, en las que tenemos diferentes variables que infieren en la percepción de la obligación tributaria, entre ellas se encuentran creencias arraigadas en los sujetos obligados que infieren en la no tributación de los impuestos, estableciendo una especie al unísono sobre el uso y la destinación de los recursos tributarios por parte del Estado, el incremento sostenido de la economía informal por el bajo estímulo a la generación formal de empresas por parte de los sujetos pasivos, la falta de educación en materia tributaria en los sujetos obligados, genera un escepticismo que impacta en el nivel de consciencia en los contribuyentes sobre las implicaciones que conlleva el no cumplimiento de las obligaciones tributarias, lo cual, permitiría fomentar la educación en materia tributaria con el ánimo de sensibilizar la atención en el fortalecimiento de la cultura tributaria.

 

Ahora bien, entre las posturas de los expertos tributarios sobre el elemento cultural presente en la evasión fiscal, tenemos que la mayoría coinciden en sus afirmaciones y criterios sobre los aspectos que estimulan esta vieja práctica cultural, entre ellas observamos como el principal factor que infiere en la cultura de la evasión a la corrupción, siendo la razón principal donde los contribuyentes cimientan la recurrente práctica, exclamando de que no existe una contra prestación o correspondencia entre sus contribuciones tributarias y el retorno de sus erogaciones en el desarrollo social, económico y político del país.

 

Otro aspecto de los expertos, es la falta de estímulo por parte del Estado en generar políticas públicas y consecuentes para formalizar a los contribuyentes que ejercen actividades económicas fuera de la órbita de la administración tributaria, generando así que los contribuyentes no se incentiven de manera voluntaria, lo cual fortalece más a que los contribuyentes de manera voluntaria y consiente acrecienten su resistencia al no pago de los tributos al fisco nacional, esto debido a que no perciben ningún factor o elemento que les genere el pago voluntario de las obligaciones tributarias.

 

En cuanto a la evasión fiscal desde la jurisprudencia observamos dos posturas contrapuestas entre sí, por una parte, los operadores jurídicos son implacables en la aplicación taxativa de la norma en materia de evasión fiscal con el ánimo de desincentivar esta práctica en los contribuyentes y de esa forma coadyuvan en la cooperación y fortalecimiento del principio de colaboración armónica entre ramas del Estado, so pena de las sanciones económicas e intramural.

 

Por su parte los contribuyentes en la mayoría de sus defensas apelan a las creencias culturales que también desarrollan los expertos sobre la tesis del mal uso que hace el Estado con sus contribuciones pecuniarias, esto motivando a que no observan un retorno del pago de sus impuestos en materia de servicios públicos de óptima calidad, pésima inversión en el desarrollo de la infraestructura.

 

En correspondencia a lo antes señalado, para Muñoz et al. (2020), los contribuyentes deben poseer buena actitud, creencias y valores sociales en materia tributaria, lo cual implicaría en el cumplimiento de las obligaciones impositivas de manera voluntaria y no de forma impositiva. La cultura tributaria en Colombia, tiene su asiento de lado del Estado como ente rector impositivo en el principio de eficiencia incorporado en la Constitución Política en su artículo 363, el cual ha establece que dicho sistema debe regirse a través del principio de eficiencia; significando ello, que la Administración Tributaria debe impulsar un ecosistema impositivo integrado no solo por normas sino, por acciones de educación y sensibilización que promueva una recaudación oportuna y justa a través del pago voluntario de los contribuyentes, logrando al mismo tiempo, la disminución de la evasión y el cumplimiento de las leyes tributarias.

 

A criterio de estos autores, una recaudación eficiente será entonces aquella cuyos alcances permitan promover crecientemente el pago voluntario de los tributos y que promueva una relación jurídico-tributaria entre cada uno de sus actores, equitativa, responsable, formadora, orientadora y transformadora desde el punto de vista socio económica.

 

Del mismo modo, a criterio de Muñoz – Ruiz et al. (2020), la cultura tributaria es un estado socio democrático implícito en el sistema tributario de cualquier país, que está condicionada a la existencia y cumplimiento de las políticas, normas y procedimientos de carácter impositivo. Según estos autores, la cultura integra valores ciudadanos y compromiso del órgano estatal en demostrar una eficiente administración del erario público.

 

En el orden de las ideas antes señaladas, es meritorio señalar que los programas de educación del contribuyente juegan un papel sumamente importante dentro de la concepción y establecimiento de la cultura tributaria, puesto ellos coadyuvan al fortalecimiento y las habilidades de gestión públicas necesarias para el desarrollo efectivo y a largo plazo de la cultura contributiva colombiana. Según Muñoz et al. (2020.) las tácticas deben tener en cuenta las actitudes, creencias y comportamientos de las personas sobre su moral individual y grupal, así como sus ideas de cómo convivir ordenadamente. Debido a estos factores, es crucial entender cómo los contribuyentes perciben diversas ideas, como las que rigen y ayudan al sistema tributario, así como comprenden a las organizaciones privadas, públicas.

 

En consecuencias, es necesario promover una cultura favorable a los impuestos entre su población, razón por la cual, desde la administración tributaria se deben fortalecer alianzas en pro de campañas tendientes a sensibilizar a la población sobre esta materia. Estas iniciativas pretenden aumentar la concienciación pública, mejorar el nivel de vida de los residentes y ayudarles a generar mayores fuentes de ingresos, mediante la fomentación de una cultura fiscal y mejorar el conocimiento y la percepción de los contribuyentes en cuanto a:

 

  1. La sensibilización de la opinión pública, esencial para el desarrollo del Estado.
  2. Iniciativas de educación sobre el valor de los impuestos centradas en los jóvenes y los niños.
  3. Información al público en general sobre las normas y prácticas fiscales.

 

Dado lo anterior, es deber del gobierno ayudar a los contribuyentes a comprender el nexo causal entre el ciclo tributario y la distribución que se hace con el dinero recibido a través de los impuestos para eliminar temas como la evasión, la elusión, el contrabando, el fraude y el pago indebido de impuestos (Bonilla, 2014).

 

Se debe crear un nivel de referencia de la conciencia fiscal junto con un modelo de seguimiento para determinar las variables que estarían funcionando como predictores de los cambios en la conciencia fiscal, ya que es crucial que los comerciantes sean plenamente conscientes de todas las normas fiscales pertinentes. Además, deberían desarrollarse estrategias para mejorar la concienciación fiscal, reducir la tolerancia al fraude y la evasión fiscal y fomentar la aceptación social de esta (Delgado y Angarita, 2012).

 

Es fundamental darse cuenta de que hay dos formas distintas de enfocar la idea de contribución. La primera se relaciona con el pago de impuestos. La segunda ofrece un punto de vista más amplio y tiene en cuenta todo lo que una persona puede hacer para mejorar sus circunstancias socioeconómicas y las de su entorno. Estos elementos son cruciales porque ayudan al contribuyente a comprender los impuestos y sus responsabilidades.

 

El contribuyente tiene una labor educativa continua en relación con la cultura fiscal como parte de su vida cotidiana. Debe ser capaz de comprender el valor del papel del ciudadano en la sociedad, así como darle a conocer la importancia que el sistema fiscal desarrolla en la sociedad y de esa forma fortalecer al propio contribuyente en la corresponsabilidad financiera para que de manera voluntaria cumpla con la obligación tributaria.

 

Utilizando la pedagogía ciudadana como instrumentos de la administración pública, la DIAN ha puesto en práctica las siguientes ideas para mejorar de manera exitosa y sostenible la cultura tributaria colombiana. Torres et at. (s.f.).

 

 

Estas estrategias pretenden que el contribuyente ponga en práctica gradualmente todas las ideas y conocimientos importantes para elevar todos los ideales, nociones y prácticas de apoyo y garantizar el desarrollo de la cultura de contribución. Dado que el Estado emplea el dinero para financiar diversos proyectos que fomentan el desarrollo global, tanto el contribuyente como el Estado salen ganando.

 

Con la información proporcionada anteriormente, es posible ver algunas de las tácticas y medidas que el contribuyente y el Estado han tomado en relación con la cultura tributaria, fomentando un cambio que permita una mejor comprensión de la perspectiva del contribuyente sobre la tributación y haciendo un esfuerzo para aclarar las diversas técnicas de gestión que el Estado utiliza para los recursos que recibe a través de la recaudación de impuestos.

 

De lo anterior se deduce que los gobiernos se centran cada vez más en la cultura fiscal. Por ello, han desarrollado una serie de estrategias para subrayar la importancia del papel del contribuyente como participante activo en el proceso de cultura fiscal. Dado que del contribuyente depende en gran medida el éxito del desarrollo de la misma, permitiendo a los gobiernos generar ingresos que permitan al país experimentar un crecimiento en los frentes económico, social y cultural.

 

Enfoque jurisprudencial

 

En cuanto al enfoque de la cultura tributaria desde la óptica de los operadores jurídicos, se ha observado que la evasión fiscal desde la jurisprudencia presenta dos posturas a analizar, pues las mismas son contrapuestas entre sí, esto debido por una parte, los operadores jurídicos son implacables en la aplicación taxativa de la norma en materia de evasión fiscal con el ánimo de desincentivar esta práctica en los contribuyentes y de esa forma coadyuvan en la cooperación y fortalecimiento del principio de colaboración armónica entre las ramas del Estado colombiano, so pena de las sanciones económicas e intramural.

 

Por su parte los contribuyentes en la mayoría de sus defensas apelan a las creencias culturales que también desarrollan los expertos sobre la tesis del mal uso que hace el Estado con sus contribuciones pecuniarias, esto motivando a que no observan un retorno del pago de sus impuestos en materia de servicios públicos de óptima calidad, pésima inversión en el desarrollo de la infraestructura y una creciente carga impositiva por parte de la administración tributaria.

 

En atención a lo anterior, observamos que los operadores jurídicos solo están sometidos en sus providencias al imperio de la ley, por lo que objetivamente no pueden responder a las creencias o percepciones culturales en las alegaciones por parte de los sujetos pasivos y obligados de la relación tributaria. Es decir, los jueces en sus reiteradas decisiones judiciales son homogéneos en la aplicabilidad de las normas tributarias y accesorias, creando una jurisprudencia uniforme en líneas generales, esto debido a la aplicación imperativa por parte de los operadores jurídicos de las normas y en correspondencia al principio de fortalecimiento de colaboración armónica entre las ramas del Estado, lo que establece una especie de solidaridad automática y correspondencia entre las ramas del Estado colombiano.

 

Ahora bien, del análisis jurisprudencial, pudimos observar como en la mayoría de las defensas por parte de los sujetos pasivos del tributo, también existía una homogeneidad de los factores culturales que los motivaba a practicar y realizar la evasión fiscal, asumiendo los riesgos administrativos y coercitivos por parte del Estado colombiano que implique, so pena de solventar con dicha práctica un alivio financiero y tributario que les permita una mayor rentabilidad patrimonial en detrimento del tesoro público.

 

Los contribuyentes en la mayoría de los casos en sanciones tributarias por evasión fiscal del tributo, están conscientes del ilícito tributario en el que incurren, pero aun así, se justifican en una diversidad de hechos y circunstancias que los motiva a realizar y practicar este hecho que a todas luces, viola el ordenamiento jurídico, puesto que nada justifica estar por fuera de la órbita del estado de derecho, pero del analice, podemos observar como en la última década, este flagelo ha venido teniendo un incremento considerable, lo que debería invitar a diversos sectores del país, a estudiar el crecimiento estructural de la evasión fiscal y generar las recomendaciones pertinentes entre Estado, sociedad civil, academia y los generadores de riqueza configurados en las empresas, para coadyuvar en la construcción de un diseño en las políticas tributarias, que responda a todos los intereses nacionales, bajo el espíritu de la construcción de país.

 

 

Conclusiones

 

Al finalizar este estudio es posible concluir que la cultura tributaria en Colombia es un tema fundamental para la educación y formación de los contribuyentes por parte del Estado como administrador directo de los tributos, lo cual, permitiría asentar bases adecuadas para establecer las condiciones del progreso político, social y cultural en torno a los índices económicos del país. Por esa razón, el Estado tiene la carga y responsabilidad de construir el perfil del contribuyente que requiere en la corresponsabilidad de contribuir a la carga tributaria, mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones delineadas en la política fiscal y tributaria de Colombia.

 

Asimismo, entre otros aspectos relevantes a destacar se encontraron los siguientes:

 

 

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